La búsqueda de la posible reelección presidencial tiene un vínculo con el respeto de los derechos humanos, por esa razón, Cristosal presentó el “Análisis jurídico sobre el principio de alternabilidad en el ejercicio de la presidencia”.
“Los regímenes autoritarios traen como consecuencia violaciones a los derechos humanos”. Además, recordó que esta práctica se ha venido sistematizando en Latinoamérica y quienes salen afectados son los ciudadanos.
Abraham Abrego, director de litigio estratégico.
Sobre el documento, Jonathan Sisco, abogado del equipo de anticorrupción y justicia, detallo que la reelección inmediata está expresamente prohibida por seis artículos constitucionales: Art. 75 ordinal 4°, Art. 88, Art. 131 ordinal 16°, Art. 152 ordinal 1°, Art. 154 y el Art. 248 inciso 4°
El espíritu de la Constitución al prohibir la reelección es un rechazo a los autoritarismos del pasado que causaron tantos daños en los derechos de las personas, promover la necesaria rendición de cuentas de quienes ejercen el poder y evitar las dictaduras, donde la reelección es un paso decisivo para perpetuarse en el poder.
Además, Sisco profundizó en que esta restricción también está desarrollada en otras leyes y tiene como finalidad garantizar el principio de alternancia en el ejercicio del cargo presidencial.
En el evento también participó Rina Montti, directora de investigación, brindando datos sobre las violaciones a los derechos humanos que se han cometido durante el periodo presidencial de Bukele, detallando un cambio en los victimarios a partir de 2019, donde el principal victimario eran las pandillas. Ahora, en 2023, los victimarios son la Fuerza Armada y la PNC.
Desde Cristosal se hizo un llamado a las instituciones, como el TSE, para que garanticen la transparencia y el cumplimiento de la ley en este proceso electoral.
El documento completo para su lectura y descarga se puede consultar aquí: Análisis jurídico sobre el principio de alternabilidad en el ejercicio de la presidencia